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SUPERIOR: Dialnet - Biblioteca digital
ENTIDAD: Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid
IPHS: oai:dialnet.unirioja.es:ART0000057960

El tratamiento de datos de carácter personal sin la aprobación de la previa disposición de carácter general de creación del fichero correspondiente y la utilización de formularios sin la información de lo referido en el artículo 5 de la LOPD por parte de un Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid, ha sido declarado constitutivo de cinco infracciones graves de la LOPD en el primer caso, y siete infracciones leves de la LOPD, en el segundo caso

Se ha tramitado un procedimiento de infracción de Administraciones Públicas a un Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid por haber llevado a cabo el tratamiento informatizado de datos personales en cinco ámbitos diferente ...

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Se ha tramitado un procedimiento de infracción de Administraciones Públicas a un Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid por haber llevado a cabo el tratamiento informatizado de datos personales en cinco ámbitos diferentes sin disponer de la previa disposición de carácter general de creación de los ficheros correspondientes y por utilizar siete formularios correspondientes a dos ficheros declarados sin informar en los términos previstos en el artículo 5 de la LOPD.

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el tratamiento de datos de carácter personal sin la aprobación de la previa disposición de carácter general de creación del fichero correspondiente y la utilización de formularios sin la información de lo referido en el artículo 5 de la lopd por parte de un ayuntamiento de la comunidad de madrid, ha sido declarado constitutivo de cinco infracciones graves de la lopd en el primer caso, y siete infracciones leves de la lopd, en el segundo caso. (documentos)

Datospersonales.org: La revista de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, Nº. 18, 2005

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zzzzzzzz: 80398

zzzzzzzz: #2055227#2116742#2091126#2048089#2151872#2091121#2016627#2063641

Extracto de la Resolución relativa al tratamiento de datos por parte de un Ayuntamiento antes de haber sido aprobada la disposición general de creación del fichero correspondiente y a la utilización de formularios sin la información del art. 5 de la LOPD (+)
La APDCM declara la comisión de dos infracciones a la LOPD por parte del Excmo. Ayuntamiento de Ajalvir (+)
La publicación de datos personales en la página web de una Dirección General de la Comunidad de Madrid, en el marco de un procedimiento de otorgamiento de un complemento autonómico por méritos individuales, debe ajustarse al artículo 4.1 de la LOPD. Además, los datos publicados no pueden mantenerse indefinidamente en la citada página web, ni tampoco usarse para una finalidad distinta a la que motivó su recogida. (+)
Extracto de la Resolución relativa a si el tratamiento de las solicitudes de participación en una promoción de vivienda municipal por parte de un Ayuntamiento, a través de un fichero no aprobado mediante la oportuna disposición de carácter general, implica la comisión de una infracción grave de la LOPD (+)
Acceso al Padrón para expedir tarjetas de aparcamiento (+)
Creación de un fichero de datos personales a través de una Orden por la que se regula una subvención y cumplimiento del artículo 5 de la LOPD. (+)
España: La Protección Jurídica de los Datos de Carácter Personal del Internauta (+)
El uso del fichero del Padrón por parte de un Ayuntamiento para realizar el envío de felicitaciones de Navidad y de cumpleaños a los vecinos del municipio, ha sido constitutivo de una infracción grave de la LOPD, al no corresponderse esta utilización con ninguna de las finalidades legalmente establecidas para dicho fichero (+)
El tratamiento de datos de carácter personal sin la aprobación de la previa disposición de carácter general de creación del fichero correspondiente y la utilización de formularios sin la información de lo referido en el artículo 5 de la LOPD por parte de un Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid, ha sido declarado constitutivo de cinco infracciones graves de la LOPD en el primer caso, y siete infracciones leves de la LOPD, en el segundo caso.

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